Revés a la desregulación de farmacias: seguirá siendo obligatorio contar con un director técnico farmacéutico

La Procuración General de la Nación consideró inadmisible el recurso presentado por el Estado para revertir la suspensión de tres artículos del DNU 70/2023. Mientras continúa la discusión judicial, se mantienen las exigencias profesionales para farmacias, droguerías y herboristerías.
Nacionales18 de septiembre de 2026 Infoempresas

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Tiempo de lectura: 1:50 min.

La desregulación de la actividad farmacéutica encontró un nuevo límite judicial. La Procuración General de la Nación dictaminó que corresponde declarar inadmisible el recurso extraordinario presentado por el Estado Nacional para intentar revertir la suspensión de los artículos 319, 320 y 321 del DNU 70/2023.

En términos prácticos, la decisión mantiene vigente, de manera cautelar, una serie de obligaciones que impactan directamente sobre el funcionamiento de farmacias, droguerías y herboristerías en todo el país.

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Qué seguirá siendo obligatorio en las farmacias

Mientras se resuelve la cuestión de fondo, continuará siendo necesaria la presencia de un director técnico farmacéutico en cada farmacia, además de mantenerse la exclusividad del profesional farmacéutico como responsable técnico del establecimiento.

También permanece la exigencia de dirección técnica farmacéutica en droguerías y herboristerías, junto con las normas que determinan qué ocurre ante ausencias momentáneas del profesional y las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento.

La controversia se originó a partir de los cambios introducidos por el DNU 70/2023 sobre la Ley 17.565, que regula el ejercicio de la actividad farmacéutica.

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Qué buscaba modificar la desregulación

Entre otros puntos, el esquema impulsado por el Gobierno buscaba permitir que un mismo farmacéutico pudiera desempeñarse como director técnico en más de una farmacia.

Además, se había eliminado la obligación específica de que las herboristerías estuvieran bajo conducción de un director técnico alcanzado por las mismas responsabilidades establecidas para las farmacias.

Otro cambio flexibilizaba el funcionamiento de los establecimientos durante la ausencia del director técnico, otorgando una mayor participación a auxiliares de despacho.

La reforma fue objetada judicialmente por el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos, que planteó que los cambios podrían afectar tanto el ejercicio profesional y las condiciones laborales como la seguridad vinculada a la dispensación de medicamentos.

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Competencia y precios, el argumento del Gobierno

El Poder Ejecutivo había defendido las modificaciones argumentando que permitirían aumentar la competencia y reducir los precios de los medicamentos.

Sin embargo, la Procuración entendió que la resolución que suspendió las reformas tiene carácter cautelar y no constituye una sentencia definitiva. Además, consideró que el Estado no logró acreditar un perjuicio que resultara imposible o insuficientemente reparable por mantener temporalmente las condiciones anteriores.

Por esa razón, mientras avanza el proceso judicial, las reglas cuestionadas no podrán aplicarse.

Una discusión que combina negocios, regulación y salud

El conflicto expone una discusión de mayor alcance: hasta dónde puede avanzar la desregulación de un mercado directamente relacionado con la salud pública.

De un lado aparece la búsqueda de mayor competencia, menores costos y flexibilización regulatoria. Del otro, la necesidad de garantizar que medicamentos y productos farmacéuticos sean conservados, dispensados y comercializados bajo responsabilidad profesional.

La discusión todavía no está cerrada. La cautelar continúa vigente mientras se define la cuestión de fondo, por lo que las farmacias deberán seguir operando bajo las exigencias profesionales que regían antes de los cambios impulsados por el DNU.

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