


Promoción del Empleo registrado: el régimen que permite regularizar trabajadores con quitas de hasta 90%



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El calendario empieza a jugar un papel clave para las empresas que todavía mantienen trabajadores sin registrar o con datos laborales declarados de manera incorrecta.
El Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) permite corregir esas situaciones mediante un esquema que combina condonación de deuda, facilidades de pago y regularización de obligaciones previsionales. Está dirigido a empleadores privados y alcanza relaciones laborales iniciadas hasta el 5 de marzo de 2026, siempre que continúen vigentes al momento de adherir al régimen.
La fecha que empresarios y asesores deberían marcar en la agenda es el 28 de noviembre de 2026, límite establecido para ingresar al programa.

¿Qué situaciones pueden regularizarse?
El PER no apunta solamente al empleo completamente informal. También contempla relaciones laborales deficientemente registradas, por ejemplo cuando la fecha de ingreso declarada es posterior a la fecha real.
En esos casos, el empleador deberá corregir la información registrada, incorporar al trabajador en las declaraciones juradas correspondientes a los períodos anteriores y posteriormente regularizar los saldos generados. Régimen de Promoción de Empleo …
Un punto importante es cómo debe determinarse la remuneración para esos períodos: deberá declararse lo realmente abonado al trabajador, respetando como mínimo la escala salarial correspondiente junto con sus adicionales. Régimen de Promoción de Empleo …
También existe una situación particularmente relevante para pequeños empleadores: cuando una persona venía prestando servicios como monotributista pero en los hechos correspondía reconocer una relación laboral. El régimen permite efectuar la registración retroactiva y acceder a los beneficios previstos por el PER.

Hasta 90% de condonación para micro y pequeñas empresas
Uno de los principales atractivos del programa es la reducción de la deuda generada por la regularización.
Los porcentajes dependen del tipo de empleador:
Micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro: hasta 90% de condonación.
Medianas empresas: 80%.
Demás empleadores: 70%.
La condonación parcial comprende obligaciones relacionadas con el sistema previsional, PAMI, obras sociales, Fondo Nacional de Empleo y asignaciones familiares. Además, determinadas obligaciones vinculadas con el Sistema Nacional del Seguro de Salud, Riesgos del Trabajo y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio cuentan con condonación total independientemente del tipo de contribuyente.
Para acceder al beneficio del 90%, la empresa debe contar con la caracterización vigente como Micro o Pequeña Empresa en el período mensual en el cual realiza la regularización. El mismo criterio alcanza a las entidades sin fines de lucro contempladas por el régimen.
La deuda restante también puede financiarse
Después de aplicar la condonación correspondiente puede quedar un saldo pendiente. Para esos casos, el PER contempla un plan de facilidades con una tasa preferencial del 1% mensual y cuotas mínimas de $50.000. Régimen de Promoción del Empleo…
El esquema cambia según el empleador:
Tipo de empleador | Plazo máximo | Anticipo |
Micro y pequeñas empresas / entidades sin fines de lucro | 72 cuotas | 3% |
Medianas empresas | 48 cuotas | 4% |
Demás empleadores | 36 cuotas | 5% |
Existe además una alternativa para quienes tienen disponibilidad financiera: cancelar al contado.
En ese caso, la deuda no condonada obtiene una reducción del 50%. La operación debe gestionarse mediante “Mis Facilidades”, generar el correspondiente VEP y efectuar el pago por transferencia electrónica de fondos.

¿Hasta qué período puede regularizarse?
Aunque la adhesión permanece abierta hasta fines de noviembre, existe una precisión importante para las empresas que evalúen esperar hasta ese momento.
Si la regularización se realiza durante noviembre de 2026, podrán incorporarse obligaciones hasta el período devengado octubre de 2026, siempre que la situación que originó la registración irregular haya subsistido hasta ese período.
Esto convierte a octubre en un período especialmente relevante para determinar el alcance final de las obligaciones que podrán incorporarse.
El trámite requiere varios pasos
La adhesión no se limita a solicitar el beneficio. El empleador deberá realizar correctamente todo el circuito administrativo.
Primero será necesario registrar o readecuar la información del trabajador mediante Simplificación Registral. Después deberán confeccionarse o rectificarse las declaraciones juradas correspondientes y finalmente cancelar el saldo resultante al contado o incorporarlo al plan de facilidades. Régimen de Promoción del Empleo…
Por eso, más que una decisión para tomar sobre la fecha límite, el PER exige analizar previamente cada vínculo laboral, períodos involucrados, remuneraciones, deuda generada y categoría de la empresa.
Una ventana que puede ser relevante para las PyMEs
Para una micro o pequeña empresa con situaciones laborales pendientes, combinar una condonación de hasta el 90% con la posibilidad de financiar el saldo restante en hasta 72 cuotas puede modificar considerablemente el costo de formalización.
El desafío estará en llegar al 28 de noviembre con el análisis realizado y la documentación preparada.
Porque, en este caso, regularizar empleo no implica solamente corregir una situación laboral: también puede representar una oportunidad para ordenar contingencias previsionales, reducir pasivos y mejorar la formalización empresarial.




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