
Reforma laboral redefine el costo del despido con un fondo para financiar indemnizaciones
El nuevo esquema busca dar previsibilidad a las empresas, pero abre un debate sobre el sistema previsional.


El nuevo esquema busca dar previsibilidad a las empresas, pero abre un debate sobre el sistema previsional.
Nacionales12 de febrero de 2026 Infoempresas


⌚ Tiempo de lectura estimado: 2 min
La reforma laboral en debate introduce uno de los cambios más sensibles del esquema vigente desde hace décadas: la forma en que se financian las indemnizaciones por despido. El proyecto no elimina la protección laboral, pero sí modifica el mecanismo a través del cual las empresas afrontan ese costo.
El objetivo declarado es reducir la incertidumbre y la litigiosidad, facilitando la contratación formal. Sin embargo, el nuevo sistema también genera interrogantes fiscales y previsionales que atraviesan el debate político.

La iniciativa contempla dos herramientas diferenciadas:
Fondos de cese laboral, inspirados en el modelo vigente en la construcción.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL), diseñado como un mecanismo general para que las empresas acumulen recursos destinados a cubrir despidos.
Ambos instrumentos buscan transformar el costo del despido de un pago concentrado al final del vínculo laboral en un esquema de aportes periódicos y previsibles.
El primer mecanismo funciona como una cuenta individual a nombre del trabajador. El empleador deposita mensualmente un aporte que se acumula a lo largo de la relación laboral.
Ese dinero puede utilizarse ante un despido, pero también en caso de renuncia e incluso como complemento jubilatorio. El esquema opera, en los hechos, como un seguro financiado durante la vigencia del contrato, evitando que el costo total recaiga de manera abrupta sobre la empresa al momento de la desvinculación.
La adopción de este sistema no sería automática. Dependería de acuerdos entre sindicatos y cámaras empresarias a través de convenios colectivos. Es decir, solo reemplazaría al régimen tradicional si ambas partes lo pactan expresamente.
El segundo instrumento, el FAL, es el que concentró mayores modificaciones durante el debate legislativo. Originalmente, el proyecto proponía que se financiara con tres puntos porcentuales de las contribuciones patronales destinadas al sistema previsional.
Esa redacción fue reemplazada por un esquema distinto:
1% mensual a cargo del empleador para grandes empresas
2,5% mensual para micro, pequeñas y medianas empresas
Los recursos se depositan en una cuenta específica del empleador y pueden invertirse en instrumentos financieros autorizados. La finalidad es que ese fondo cubra total o parcialmente la indemnización cuando se produce el despido.
Desde la óptica empresarial, el sistema introduce mayor previsibilidad financiera. Al transformar la indemnización en un aporte periódico, se reduce el impacto abrupto que puede implicar un despido múltiple o una reestructuración.
Para pymes, especialmente, el cambio puede significar una herramienta de planificación que disminuya el riesgo de quiebre ante contingencias laborales.
Sin embargo, el punto más controvertido es fiscal. El nuevo esquema implica una reconfiguración de aportes que hoy alimentan el sistema previsional. Para sus críticos, el redireccionamiento de recursos podría debilitar el financiamiento del sistema jubilatorio. Para sus defensores, en cambio, el mecanismo ordena el esquema laboral y reduce costos indirectos como la litigiosidad.

El FAL no sería de libre disposición. El proyecto establece controles estatales y sanciones para los empleadores que utilicen indebidamente los fondos o los canalicen hacia entidades vinculadas.
La intención es evitar que el instrumento se convierta en una herramienta de financiamiento informal y garantizar que cumpla exclusivamente su función indemnizatoria.
Uno de los argumentos centrales a favor del cambio es la reducción de la litigiosidad laboral. La incertidumbre judicial y los costos imprevisibles son señalados por el sector empresario como un freno a la contratación.
Un sistema más claro y cuantificable podría incentivar el empleo formal, especialmente en actividades intensivas en mano de obra.
No obstante, la experiencia comparada muestra que la decisión de contratar depende también de expectativas de demanda y estabilidad macroeconómica. El fondo puede ordenar el esquema indemnizatorio, pero no reemplaza las condiciones de crecimiento.
Para pymes del interior, donde los márgenes son más ajustados y el acceso al crédito es limitado, la posibilidad de financiar indemnizaciones de manera anticipada puede representar una mejora significativa en la gestión de riesgos.
En provincias como Chaco, donde el empleo privado depende en gran medida de pequeñas y medianas empresas, cualquier modificación en el régimen laboral tiene impacto directo sobre decisiones de inversión y expansión.
La clave estará en evaluar si el nuevo esquema logra equilibrar protección laboral y sostenibilidad empresarial sin generar efectos fiscales no deseados.

Para InfoEmpresas, la discusión sobre el Fondo de Asistencia Laboral refleja un debate más amplio: cómo compatibilizar protección al trabajador con previsibilidad para el empleador.
La reforma no elimina la indemnización, pero sí transforma su lógica de financiamiento. El desafío será medir su efecto real sobre la contratación formal, la litigiosidad y el equilibrio del sistema previsional.
Si logra reducir incertidumbre sin debilitar la seguridad social, podría convertirse en uno de los cambios más relevantes del mercado laboral en décadas. Si no, quedará como un nuevo capítulo en una discusión histórica sobre el costo del trabajo en Argentina.



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