


Compras hasta $10 millones sin percepción de IVA para consumidores finales



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Desde el 1° de julio, las compras menores a $10 millones en supermercados y comercios de alimentos dejarán de pagar la percepción del IVA cuando estén dirigidas a consumidores finales. Así lo establece la Resolución General 5710/2025 publicada por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), en una medida que busca simplificar la operatoria comercial, reducir la informalidad y favorecer el uso de dinero en efectivo, incluso el que proviene del denominado “colchón”.

Una medida que impacta en comercios grandes y chicos
La norma alcanza a cuatro rubros clave: supermercados mayoristas, hipermercados, supermercados minoristas y minimercados, incluyendo autoservicios, mercaditos y almacenes que vendan alimentos en general.
Desde julio, todas las compras realizadas por consumidores finales en estos locales estarán exceptuadas de la percepción del IVA, siempre que no superen los $10 millones por operación.

Qué cambia concretamente
Hasta ahora, los comercios debían evaluar si el comprador era o no un consumidor final. Si sospechaban que no lo era —por ejemplo, ante compras de grandes cantidades—, aplicaban una percepción del IVA del 10,5% o 5,25%, dependiendo del producto.
Con la nueva normativa, el criterio deja de ser subjetivo: ya no importa qué o cuánto se compre, sino que el único parámetro será el monto. Si la compra no supera los $10 millones, no se aplica percepción.

Esto implica:
Menos discusiones en cajas sobre la condición tributaria del comprador.
Simplificación operativa para los comercios.
Reducción de conflictos y errores administrativos.
¿Por qué importa para el sector?
Porque reduce la carga fiscal adicional sobre las transacciones masivas, especialmente para:
Pequeños comercios o empresas informales que compran en supermercados mayoristas.
Consumidores habituales que buscan abastecerse sin sufrir recargos innecesarios.
El Estado, que evita maniobras evasivas como el fraccionamiento de tickets.
Además, esta medida está alineada con otra disposición reciente que elevó a $10 millones el monto a partir del cual se debe identificar al comprador. Todo suma para un sistema más claro, simple y operativo.




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