ARCA lanzó un nuevo plan de pagos para MiPyMEs: hasta 18 cuotas y tasa fija del 2,75% para regularizar deudas

El nuevo régimen permite refinanciar obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social vencidas hasta el 30 de junio de 2026. Conocé quiénes pueden acceder, cuáles son las condiciones y hasta cuándo hay tiempo para adherirse.
Nacionales22 de julio de 2026 Infoempresas

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Tiempo de lectura: 1:55 min.

Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas cuentan con una nueva herramienta para ordenar su situación fiscal. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó un plan excepcional de facilidades de pago que permitirá refinanciar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026, ofreciendo plazos de hasta 18 cuotas y una tasa de interés mensual fija del 2,75%.

La medida, establecida mediante la Resolución General 5875, busca aliviar la carga financiera de miles de empresas que enfrentan dificultades para cumplir con sus compromisos tributarios en un contexto económico desafiante.

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¿Quiénes pueden acceder al nuevo plan?

El régimen está destinado a distintos tipos de contribuyentes:

  • Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2) con Certificado MiPyME vigente.

  • Pequeños Contribuyentes, identificados bajo el código 547.

  • Entidades sin fines de lucro, entre ellas asociaciones civiles, fundaciones, cooperativas, mutuales, consorcios, cooperadoras e instituciones religiosas.

Qué deudas se pueden regularizar

Uno de los principales beneficios es que el programa permite incluir diferentes tipos de obligaciones:

  • Deudas impositivas.

  • Obligaciones aduaneras.

  • Recursos de la seguridad social.

  • Multas, intereses y accesorios.

  • Retenciones y percepciones impositivas.

Todas las obligaciones deberán encontrarse vencidas hasta el 30 de junio de 2026.

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Las condiciones cambian según el tipo de empresa

Las condiciones de financiación fueron diseñadas de acuerdo con el tamaño del contribuyente.

Micro y pequeñas empresas

  • Hasta 18 cuotas para deudas impositivas, aduaneras y previsionales.

  • Pago a cuenta del 5%.

  • Tasa mensual del 2,75%.

En el caso de retenciones y percepciones, podrán financiarse en hasta 9 cuotas, manteniendo el mismo anticipo y la misma tasa.

Medianas empresas (Tramos 1 y 2)

  • Hasta 15 cuotas para obligaciones generales.

  • Pago inicial del 10%.

  • Tasa mensual del 2,75%.

Las retenciones y percepciones podrán abonarse en hasta 7 cuotas. Además, tanto el anticipo como cada cuota mensual deberán ser de al menos $50.000.

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Cómo adherirse y hasta cuándo hay tiempo

La adhesión deberá realizarse de manera electrónica mediante el servicio de ARCA denominado:

"Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 30/06/2026".

El plazo para incorporarse estará abierto hasta el 30 de octubre de 2026.

Otro aspecto relevante es que no existe límite en la cantidad de planes que un contribuyente puede presentar. La consolidación se produce automáticamente una vez cancelado el pago a cuenta.

Cuándo puede caerse el beneficio

El plan perderá vigencia automáticamente si ocurre alguna de estas situaciones:

  • Falta de pago de dos cuotas, consecutivas o alternadas.

  • Incumplimiento de la última cuota durante más de 60 días.

En esos casos, ARCA podrá iniciar las acciones de cobro correspondientes por el saldo pendiente.

Una oportunidad para mejorar la salud financiera

Más allá del alivio inmediato que representa el financiamiento, el nuevo régimen ofrece a las MiPyMEs la posibilidad de normalizar su situación fiscal, recuperar capacidad operativa y evitar procesos judiciales derivados de deudas tributarias.

Para muchas empresas, acceder a un esquema de pagos con plazos amplios y una tasa definida puede convertirse en una herramienta clave para preservar el flujo de caja, planificar inversiones y concentrar recursos en el crecimiento del negocio.

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