IVA Simple obligatorio de desde Noviembre: ARCA aclara la transición y cómo será la presentación

El organismo publicó nuevas respuestas en su sección de Preguntas Frecuentes. Desde noviembre de 2025, la declaración jurada de IVA deberá realizarse exclusivamente con el formulario F.2051. Hasta octubre, se permiten esquemas alternativos.

Nacionales22 de septiembre de 2025 Infoempresas
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Tiempo de lectura: 2 min

El nuevo régimen: de precarga a obligatoriedad

El IVA Simple es el nuevo sistema de declaración jurada precargada que busca simplificar la vida de contribuyentes y contadores. En la práctica, automatiza la información que antes debía cargarse manualmente y reduce inconsistencias.

Pero como todo cambio, genera dudas. Por eso, ARCA habilitó nuevas respuestas en su portal, que clarifican cómo será el período de transición y qué sucederá desde noviembre de 2025, cuando se vuelve obligatorio.

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Presentación del Libro IVA Digital

Una de las consultas más frecuentes es qué ocurre al finalizar la carga en el Módulo de Registración. ARCA explicó que, al presionar “Finalizar”, se considera presentada la información del Libro IVA Digital.

A partir de allí, el contribuyente debe continuar en el Portal IVA y realizar la presentación de la declaración jurada mediante el F.2051, que será el único válido desde noviembre.

 

Formularios durante la transición

Hasta el período fiscal octubre 2025 inclusive, los contribuyentes podrán usar los siguientes formularios, según corresponda:

  • F.731

  • F.2002

  • F.810

Esto aplica tanto para presentaciones originales como para rectificativas. A partir de noviembre, todo deberá hacerse vía F.2051 – IVA Simple.

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Generación del VEP

Otro punto sensible es el pago del impuesto. ARCA indicó que el Volante Electrónico de Pago (VEP) puede generarse de tres maneras:

  1. Directamente desde el Portal IVA, una vez presentada la declaración.

  2. En el ícono “$” dentro de “Declaraciones Juradas presentadas”.

  3. Desde el servicio “Presentación de DDJJ y Pagos”, generándolo manualmente al seleccionar impuesto, concepto y subconcepto.

Esta flexibilidad busca evitar trabas operativas y dar más opciones a los contribuyentes.

Apertura de otros conceptos

Desde junio de 2025 se incorporó un apartado clave: “Apertura de otros conceptos”, que exige detallar compras y ventas con impacto fiscal:

  • Compras: bienes, locaciones, servicios e inversiones en bienes de uso, desglosados por alícuota de IVA.

  • Ventas: clasificadas según actividad, alícuota y tipo de receptor (muebles, obras, locaciones, servicios, bienes de uso, exentas o no gravadas).

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El IVA Simple avanza hacia su etapa definitiva: a partir de noviembre será el único canal de presentación del impuesto, con carga precargada, formulario unificado y VEP integrado. La transición todavía admite coexistencia con formularios tradicionales, pero su fecha de vencimiento ya está marcada.

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