Monotributistas: ¡Ahora es más fácil mantenerse o reingresar al régimen!

Nuevas medidas implementadas por la AFIP permiten que más contribuyentes puedan adherirse, permanecer o reingresar al Monotributo sin esperar los tres años de exclusión

Actualidad13 de agosto de 2024 Infoempresas

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha anunciado recientemente un conjunto de modificaciones en las normativas que regulan el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo). Estas nuevas disposiciones están diseñadas para facilitar tanto la permanencia como el reingreso de aquellos contribuyentes que han sido excluidos o que han renunciado al sistema.

Entre las principales novedades se destaca la posibilidad de reingreso al Monotributo para aquellos contribuyentes que fueron excluidos o renunciaron entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2024. Estos podrán solicitar su reincorporación hasta el 30 de septiembre de 2024, sin la necesidad de esperar los tres años que normalmente establece la normativa vigente. Este cambio es una medida significativa que permitirá a muchos pequeños contribuyentes retomar su actividad dentro del marco del régimen simplificado, con el beneficio de no quedar fuera del sistema por un periodo prolongado.

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Además, la AFIP ha implementado importantes cambios en relación con la actividad de alquiler de inmuebles. Según las nuevas reglas, la actividad de alquiler será considerada como una sola unidad de explotación, independientemente de la cantidad de propiedades involucradas, siempre y cuando los contratos estén debidamente registrados. Esto representa un alivio para quienes manejan múltiples propiedades bajo un solo contrato, simplificando su situación fiscal. A su vez, aquellos cuyos ingresos provengan exclusivamente del alquiler de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del impuesto integrado, lo que reduce la carga impositiva sobre pequeños propietarios.

Otro aspecto clave de estas modificaciones incluye la actualización de los parámetros de ingresos brutos anuales, precios máximos unitarios de venta, y montos de alquileres devengados anualmente. Estos nuevos parámetros, que tienen efecto desde el 1° de enero de 2024, son esenciales para la recategorización semestral obligatoria, que deberá realizarse antes del día 5 de los meses de agosto y febrero de cada año. Los contribuyentes deben asegurarse de cumplir con esta obligación para evitar sanciones y garantizar la correcta categorización dentro del régimen.

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Las nuevas condiciones del Monotributo no solo buscan simplificar la vida de los contribuyentes, sino también incentivar el cumplimiento y la formalización de la economía, permitiendo que más personas accedan a los beneficios de estar dentro del sistema. Estos cambios representan un esfuerzo por parte de la AFIP para adaptarse a las realidades del mercado y ofrecer un marco más flexible y accesible para los pequeños contribuyentes en Argentina.

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