Monotributo: cuánto podrás facturar desde julio sin cambiar de régimen

La actualización semestral del Monotributo podría elevar los topes de facturación un 17,5% y llevar el límite máximo por encima de los $127 millones anuales. Cómo quedarían las categorías, cuánto aumentarán las cuotas y qué deberán hacer los contribuyentes antes de agosto.
Nacionales24 de junio de 2026 Infoempresas
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Tiempo de lectura: 2:10 min.

La próxima actualización del Monotributo ya empieza a generar expectativas entre emprendedores, profesionales, comerciantes y pequeños contribuyentes. Si las estimaciones privadas se confirman, los parámetros del régimen simplificado tendrán un incremento cercano al 17,5%, permitiendo facturar más sin necesidad de pasar al régimen general.

El dato más relevante es que la categoría K, la más alta del sistema, podría elevar su límite de facturación anual desde $108.357.084 hasta $127.319.574, ampliando significativamente el margen para permanecer dentro del Monotributo.

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Un alivio para quienes están cerca del límite

En un contexto donde la inflación sigue impactando sobre los ingresos nominales, la actualización busca evitar que miles de contribuyentes deban abandonar el régimen simplificado únicamente por efecto de los aumentos de precios.

La modificación alcanzará tanto a los topes de facturación como a los montos mensuales que se pagan por impuesto integrado, aportes jubilatorios y obra social.

Cómo quedarían las categorías extremas

Categoría A

La categoría más baja del Monotributo tendría los siguientes valores estimados:

Facturación anual máxima

  • Actual: $10.277.988

  • Estimada desde julio: $12.076.136

Cuota mensual total

  • Actual: $42.387

  • Estimada: $49.805

Impuesto integrado

  • Actual: $4.780

  • Estimado: $5.617

Aporte jubilatorio

  • Actual: $15.616

  • Estimado: $18.349

Obra social

  • Actual: $21.990

  • Estimada: $25.839

Categoría K para servicios

Los contribuyentes dedicados a la prestación de servicios serían los más impactados por los valores elevados de la última escala.

Facturación anual máxima

  • Actual: $108.357.084

  • Estimada: $127.319.574

Impuesto integrado

  • Actual: $1.024.738

  • Estimado: $1.204.042

Aporte jubilatorio

  • Actual: $98.625

  • Estimado: $115.885

Obra social

  • Actual: $111.448

  • Estimada: $130.951

Cuota mensual total

  • Actual: $1.234.811

  • Estimada: $1.450.878

Categoría K para venta de productos

En el caso de quienes comercializan bienes, la cuota seguirá siendo considerablemente menor.

Facturación anual máxima

  • Actual: $108.357.084

  • Estimada: $127.319.574

Impuesto integrado

  • Actual: $341.579

  • Estimado: $401.355

Cuota mensual total

  • Actual: $551.652

  • Estimada: $648.191

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También aumentará el precio máximo por producto

Otro dato importante para comerciantes y vendedores es que el precio unitario máximo de venta pasaría de $613.492 a $720.853, permitiendo comercializar productos de mayor valor sin perder los beneficios del régimen simplificado.

Recategorización: quiénes deben hacerla

La recategorización semestral deberá realizarse considerando la actividad registrada entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026. Para determinar la categoría correspondiente, ARCA evaluará:

  • Ingresos brutos acumulados

  • Consumo de energía eléctrica

  • Alquileres devengados

  • Superficie afectada a la actividad

Quedarán exceptuados quienes tengan menos de seis meses dentro del régimen o aquellos que no deban modificar su categoría.

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Las fechas que hay que agendar

La recategorización estará habilitada desde el 15 de julio y podrá realizarse hasta el 5 de agosto de 2026. Los nuevos importes impactarán en los pagos que vencen a partir de agosto.

Para muchos emprendedores, profesionales y pequeñas empresas, esta actualización significará una oportunidad para seguir creciendo sin abandonar uno de los regímenes tributarios más utilizados del país.

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