

Reforma laboral: la nueva indemnización también alcanzará a contratos anteriores



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La reforma laboral aprobada en Diputados y próxima a tratarse en el Senado introdujo cambios profundos en el régimen de indemnizaciones por despido. La pregunta que rápidamente surgió en empresas y estudios jurídicos es clave: ¿qué pasa con los trabajadores contratados antes de la reforma?
La respuesta mayoritaria de especialistas es clara: la nueva normativa se aplicará a todos los despidos que ocurran luego de su entrada en vigencia, sin importar cuándo comenzó la relación laboral.

La clave: cuándo se produce el despido
El principio jurídico central es el de aplicación inmediata de la ley nueva a las consecuencias de relaciones en curso, previsto en el artículo 7 del Código Civil y Comercial.
Esto implica que:
Si el despido ocurre después de la vigencia de la reforma, se aplicará el nuevo esquema indemnizatorio.
Si el despido ocurrió antes, la indemnización ya quedó devengada bajo el régimen anterior y no puede modificarse retroactivamente.
En términos prácticos, la indemnización es un “derecho en expectativa” mientras el vínculo está vigente. Se convierte en “derecho adquirido” recién cuando se produce el despido.
Por eso, aun trabajadores con muchos años de antigüedad contratados bajo la vieja Ley de Contrato de Trabajo (LCT) quedarían alcanzados por el nuevo cálculo si son despedidos luego de la reforma.
Qué cambia en la indemnización
La reforma mantiene la lógica de un salario por año trabajado, pero introduce modificaciones relevantes:
Nueva definición de base de cálculo, excluyendo diversos conceptos salariales.
Tope y nueva fórmula de actualización (IPC más 3% anual).
Posibilidad de pago en hasta 12 cuotas.
Eventual implementación de fondos de cese.
El punto más controvertido es la base de cálculo. Según especialistas, el nuevo esquema excluye de la remuneración indemnizable varios conceptos variables, premios o adicionales que hoy integran el salario según jurisprudencia consolidada.
Esto podría reducir significativamente el monto final en comparación con el régimen anterior.

¿Habrá litigiosidad?
Aunque el criterio técnico dominante sostiene que la ley se aplica al momento del despido, no se descarta un aumento de litigios.
Los trabajadores podrían plantear:
Inconstitucionalidad por vulnerar el principio de progresividad en materia laboral.
Violación de tratados internacionales como el Convenio 95 de la OIT.
Afectación del principio de tutela preferente del trabajador reconocido por la Corte Suprema.
Especialistas advierten que la discusión más fuerte no estará en la fecha de contratación, sino en el contenido de la norma y la reducción de la base indemnizatoria.
Además, el nuevo sistema de actualización de créditos laborales podría convertirse en foco de controversias, especialmente en juicios en trámite.

Qué implica para empresas y pymes
Para el sector empresario, especialmente pymes y comercios del interior como en Chaco, el cambio introduce mayor previsibilidad en costos potenciales de desvinculación.
La posibilidad de pagar en cuotas y la reducción de la base indemnizatoria podrían aliviar contingencias laborales en un contexto de actividad frágil.
Sin embargo, la eventual judicialización puede extender la incertidumbre hasta que la jurisprudencia defina el alcance real de la reforma.
Para InfoEmpresas, el punto central es que el impacto no depende de la antigüedad del contrato sino del momento del despido. La reforma modifica las reglas hacia adelante, pero abre un escenario donde empresas y trabajadores deberán moverse con cautela jurídica y planificación financiera.



