


La recategorización del Monotributo no depende solo de los ingresos y suma nuevas alertas.



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Un trámite clave que va más allá de la facturación
En los primeros días de febrero vence el plazo para realizar la recategorización del monotributo, un trámite que muchos pequeños contribuyentes asocian casi exclusivamente al nivel de ingresos. Sin embargo, el esquema es más amplio y contempla una serie de parámetros adicionales que pueden modificar la categoría, incluso si la facturación se mantiene estable.
La revisión debe hacerse sobre los últimos 12 meses, tomando como referencia el período enero–diciembre de 2025, y los nuevos valores rigen desde febrero. Si el contribuyente conserva la misma categoría y no hubo cambios relevantes, no es necesario realizar ningún trámite.

Ingresos devengados, no cobrados
El primer punto a considerar sigue siendo el nivel de ingresos brutos anuales, pero con una aclaración importante: se computan los ingresos devengados, es decir, los facturados, independientemente de si fueron cobrados o no.
En este punto, el sistema ya muestra el total facturado a partir de la información de facturación electrónica, lo que reduce el margen de error. También es relevante recordar que los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta dos inmuebles se encuentran exentos del monotributo.
Parámetros físicos que también cuentan
Más allá de los ingresos, existen parámetros físicos que pueden incidir en la recategorización. Entre ellos se destacan el consumo de energía eléctrica y la superficie afectada a la actividad. Estos valores, aunque suelen mantenerse estables, pueden variar si aumenta el nivel de actividad.
En el caso de la superficie, hay una salvedad relevante para el interior del país: en localidades de menos de 40.000 habitantes, este parámetro generalmente no se considera, lo que alivia la carga para muchos monotributistas de ciudades chicas y medianas.
Para actividades primarias o prestación de servicios sin local fijo, la categorización se define únicamente por ingresos, dejando fuera estos parámetros físicos.

Alquileres y precios unitarios: señales de alerta
Otro factor clave es el monto de los alquileres devengados anuales. Con los valores vigentes, para las categorías más bajas el tope ronda los $2,39 millones anuales, mientras que para las categorías más altas supera los $7,17 millones. Un aumento en este rubro puede empujar al contribuyente a una categoría superior, aun sin cambios significativos en la facturación.
En el caso de la venta de cosas muebles, también se debe prestar atención al precio máximo unitario de venta, que no puede superar los $613.492 por producto. Superar ese valor deja al contribuyente fuera del régimen, sin importar la categoría.
Restricciones que pueden excluir del régimen
El monotributo también impone límites claros. No pueden permanecer en el régimen quienes hayan realizado importaciones para su comercialización durante los últimos 12 meses, ni quienes desarrollen más de tres actividades simultáneas o posean más de tres unidades de explotación.
Estos puntos suelen pasar desapercibidos, pero son determinantes en eventuales controles y fiscalizaciones.
Impacto en pymes y profesionales del interior
Para pequeños comercios, profesionales y prestadores de servicios del interior —incluido Chaco—, la recategorización no es un trámite menor. Un error puede derivar en ajustes retroactivos, multas o la exclusión del régimen simplificado, con un impacto directo en costos y carga administrativa.
En un contexto de consumo ajustado y márgenes reducidos, anticiparse y revisar todos los parámetros se vuelve una decisión estratégica más que contable.

Qué mirar antes de confirmar la categoría
Para InfoEmpresas, la clave está en no reducir la recategorización a un simple cálculo de ingresos. Alquileres, energía, tipo de actividad y precios unitarios forman parte de una evaluación integral que define la situación fiscal del pequeño contribuyente.
Revisar estos puntos con tiempo puede evitar sorpresas y permitir una planificación más ordenada en un año donde cada peso cuenta.




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