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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el régimen de anticipos del Impuesto a las Ganancias mediante la Resolución General 5778/2025, que introduce nuevos parámetros, montos mínimos y un mecanismo automático de actualización por inflación. Las medidas apuntan a mayor equidad y previsibilidad para empresas y contribuyentes individuales.
Actualidad28 de octubre de 2025 Infoempresas


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Qué cambia desde octubre
A partir del 28 de octubre de 2025, todos los contribuyentes alcanzados por el Impuesto a las Ganancias deberán aplicar los nuevos valores y condiciones para determinar si corresponde solicitar la reducción de anticipos ante el organismo.
El nuevo esquema busca adecuar el sistema a los distintos perfiles de contribuyentes y evitar distorsiones derivadas de la inflación.
“Las modificaciones apuntan a una carga tributaria más razonable y adaptada a las variaciones macroeconómicas”, explicó ARCA en su comunicado oficial.

Reducción de anticipos: nuevos criterios
Personas jurídicas (artículo 73 de la Ley de Ganancias):
Podrán pedir la reducción desde el tercer anticipo si estiman que el total a ingresar supera en más del 25% el impuesto proyectado.
También podrán hacerlo desde el primer anticipo si la sobrestimación supera el 40%.
Personas humanas y sucesiones indivisas:
Mantienen el mismo esquema: reducción desde el tercer anticipo, o desde el primero si la sobrestimación es del 40% o más.
Nuevos umbrales mínimos
La resolución incrementa los valores a partir de los cuales se aplica el procedimiento especial de revisión:
Segmento 11 (mayores contribuyentes): base mínima de $250.000.000.
Otros contribuyentes: base mínima de $200.000.000.
A partir de 2027, estos montos se actualizarán automáticamente por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC, con vigencia cada 1° de marzo.
“El mecanismo automático de actualización busca dotar de previsibilidad al régimen y evitar rezagos por inflación”, aclaró ARCA.
Revisión y control
La solicitud de reducción no tendrá efecto inmediato si el monto supera los umbrales establecidos.
En esos casos, la decisión quedará sujeta a control especial del organismo, que contará con 60 días corridos para expedirse.
Si no hay respuesta en ese plazo, aplicará el “silencio positivo” previsto en la Ley Bases 27.742 y en la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549, lo que implica la aprobación automática del trámite.
“El objetivo es simplificar la gestión tributaria sin perder control fiscal”, explicaron fuentes del sector.

Esquema general de anticipos
Personas humanas y sucesiones indivisas: 5 anticipos del 20% cada uno.
Personas jurídicas: 9 anticipos del 11,11% cada uno.
Monto mínimo de obligación:
$2.500 para empresas.
$5.000 para personas humanas.
El cálculo se basa en el impuesto determinado en la declaración jurada anterior, descontando retenciones, percepciones y otros créditos fiscales.
Un cambio técnico con impacto fiscal
Con la Resolución 5778/2025, ARCA actualiza un esquema que llevaba años sin revisión.
La medida introduce mayor flexibilidad y coherencia macroeconómica, al tiempo que ajusta automáticamente los valores mínimos por inflación para reducir trámites repetitivos y reclamos administrativos.
“El sistema de anticipos debía aggiornarse a la realidad inflacionaria y a la nueva estructura de contribuyentes”, concluyó el comunicado del organismo.

El nuevo régimen de anticipos busca equilibrar la relación entre recaudación fiscal y capacidad contributiva, ajustando los montos y procedimientos al contexto económico.
Para las empresas, representa una oportunidad de mejorar la planificación financiera y fiscal, con reglas más claras y previsibles.



Los cambios generan hasta USD 76 más por hectárea, pero la presión impositiva sigue por encima del 50%.

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