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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha lanzado un nuevo régimen de regularización de activos con múltiples beneficios para residentes y no residentes. Conozca todos los detalles y cómo puede aprovechar esta oportunidad única.
17 de julio de 2024 Bloq CapitalExención de impuesto: Aquellos que regularicen hasta US$100.000 estarán exentos del impuesto.
Regularización sin costo: Se puede regularizar cualquier monto sin costo, siempre que el dinero se mantenga en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025 o se invierta en destinos autorizados.
Aplicación a no residentes: Los no residentes también pueden exteriorizar activos bajo este régimen.
Residentes en el país y argentinos en el exterior: Esta medida está dirigida tanto a los residentes en Argentina como a aquellos argentinos que han mudado su residencia fiscal a otro país y ahora pueden decidir su regreso bajo este proceso.
Monto sin costo: Es posible regularizar cualquier monto sin costo, manteniendo el dinero en el sistema financiero hasta el 31 de diciembre de 2025 o invirtiéndolo en colocaciones autorizadas por el Ministerio de Economía.
Exención de impuestos menores a US$100.000: No se pagarán impuestos por bienes o tenencias de hasta US$100.000.
Etapa 1: Hasta el 30 de septiembre de 2024, se abona una alícuota del 5% sobre el excedente de US$100.000.
Etapa 2: Hasta el 31 de diciembre de 2024, la alícuota es del 10%.
Etapa 3: Hasta el 31 de marzo de 2025, la alícuota asciende al 15%.
Personas humanas sin residencia fiscal: Las personas que hayan perdido la residencia fiscal antes del 31 de diciembre de 2023 pueden adherir al régimen y adquirir nuevamente la residencia a partir del 1 de enero de 2024.
Adelanto de pago de Bienes Personales: Se permite adelantar el pago de Bienes Personales de 2023 a 2027 con una alícuota de 0,45% por año, beneficiando al contribuyente al quedar exento de presentar la declaración jurada hasta 2028 y logrando estabilidad fiscal.
Adhesión y pago del impuesto: Para exteriorizar bienes, se debe abonar el 75% del impuesto correspondiente, y luego, en un plazo adicional de un mes después de cada etapa, el contribuyente presentará la declaración jurada con el detalle de los bienes y abonará el 25% restante.
Fecha de corte: Los bienes que pueden exteriorizarse son aquellos en poder del contribuyente al 31 de diciembre de 2023.
Dinero en efectivo: El dinero en efectivo debe depositarse en una Cuenta Especial de Regularización de Activos y regularizarse en la primera etapa, hasta el 30 de septiembre de 2024.
Detección de bienes no exteriorizados: Si se detectan bienes no exteriorizados, el contribuyente perderá los beneficios del blanqueo únicamente para ese bien.
Última oportunidad hasta 2038: La ley establece que quienes adhieran al blanqueo no podrán inscribirse en otros regímenes similares hasta el 31 de diciembre de 2038.
Liberación de acciones civiles y penales: Se liberará de cualquier acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas. Extingue la acción penal, excepto las iniciadas por particulares perjudicados.
Reducción de alícuota: Habrá una reducción de 0,5% en la alícuota del impuesto sobre los bienes personales para los períodos 2023, 2024 y 2025 para contribuyentes que hayan cumplido con sus declaraciones y pagos en 2020, 2021 y 2022.
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