Nuevos límites de compras que requieren identificar a consumidores finales en comprobantes fiscales

La actualización de montos por parte de ARCA marca un cambio clave para comerciantes y monotributistas

Nacionales20 de enero de 2025 Infoempresas

Tiempo de lectura: 1:30 minutos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ha anunciado la actualización de los montos de facturación que obligan a detallar los datos del receptor y su condición de consumidor final en los comprobantes fiscales. Este ajuste impactará tanto a los responsables inscriptos como a los monotributistas, generando nuevas obligaciones y oportunidades para garantizar una mayor transparencia en las operaciones comerciales.

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Nuevos límites para consumidores finales

Desde ahora, será obligatorio consignar los datos del consumidor final cuando el monto del comprobante alcance los siguientes valores:

  • $417.288 o más, si el pago se realiza mediante medios electrónicos autorizados.
  • $208.644 o más, si el pago se efectúa por cualquier otra modalidad.

Los datos que deben incluirse son nombre, apellido, domicilio y número de identificación del consumidor, como CUIT, CUIL, CDI, DNI, pasaporte o cédula de identidad.

Excepciones y detalles importantes

En el caso de los responsables inscriptos frente al IVA, particularmente aquellos cuya actividad principal corresponda a la comercialización mayorista o similares, no será necesario identificar al cliente si la operación es de $208.644 o menos y el pago se realiza por un medio electrónico autorizado.

Por otro lado, los comprobantes clase "A" solo podrán ser emitidos a través de controladores fiscales de nueva tecnología si el importe neto gravado supera los $417.288.

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Implicancias para monotributistas

Los monotributistas enfrentarán nuevas reglas:

  • No podrán utilizar el facturador en operaciones superiores a $417.288.
  • En transacciones entre $208.644 y $417.287, podrán emitir comprobantes con el facturador, pero deberán incluir los datos del consumidor.

Ajustes semestrales según el IPC

ARCA también recordó que estos valores serán actualizados semestralmente (en enero y julio de cada año), tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), según lo publicado por el INDEC.

Este cambio no solo busca adaptarse a la inflación, sino también garantizar que las obligaciones fiscales se mantengan alineadas con la realidad económica del país.

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