


Cambios en la forma de exhibir los precios: ¿qué deben saber los comercios y empresas?



Tiempo de lectura: 1:30 minutos
La nueva normativa sobre la exhibición de precios, impulsada por la Secretaría de Industria y Comercio, introduce modificaciones significativas que impactarán tanto a consumidores como a comercios minoristas. Estas medidas buscan transparencia y claridad en las transacciones comerciales, mejorando la experiencia de compra.

Impacto de las nuevas reglas
A partir del 1 de abril de 2025, los comercios estarán obligados a incluir una serie de elementos clave al momento de exhibir sus precios:
- Claridad y accesibilidad: Los precios deberán ser presentados de forma visible, legible y al alcance de los consumidores, tanto en tiendas físicas como en plataformas virtuales.
- Precio final y por unidad de medida: Cada producto deberá mostrar el precio total y el costo por unidad de medida, garantizando que coincidan con los importes cobrados en la caja.
- Detallado de financiaciones: Para compras financiadas, será obligatorio detallar el precio al contado, la cantidad y el monto de las cuotas, así como el Costo Financiero Total Efectivo Anual (CFTEA).
- Leyendas fiscales: Se implementará la leyenda “PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES” en menor tamaño que el precio final, junto con el importe neto sin IVA ni impuestos indirectos.

Exhibición de precios en monedas extranjeras
Otra novedad destacada es que los comercios podrán mostrar los precios de bienes y servicios en monedas extranjeras, como dólares estadounidenses, además de la moneda local. Esto resulta especialmente beneficioso para sectores relacionados con el turismo y el comercio internacional, ya que les permitirá atraer clientes extranjeros con mayor claridad sobre los costos. Para cumplir con la normativa, será necesario que los precios en monedas extranjeras incluyan también su equivalente en pesos argentinos.
Flexibilidad para los comercios
Los comerciantes tendrán la posibilidad de optar por presentar sus listas de precios en formato físico o digital, siempre que estas sean de acceso público. Además, las ofertas y descuentos podrán ser comunicados de forma independiente, sin necesidad de integrarlos al fleje de góndola.
Plazos y cumplimiento
La normativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial. Sin embargo, los cambios relacionados con la leyenda fiscal comenzarán a regir a partir de abril de 2025.




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