Menos trámites: AFIP simplifica el registro de alquileres inmobiliarios

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha derogado la obligatoriedad de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales

Actualidad13 de agosto de 2024 Infoempresas

El anuncio reciente de la AFIP sobre la eliminación de la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles, tanto urbanos como rurales, representa un paso importante en la política de desburocratización del actual gobierno. Este cambio, formalizado a través de la Resolución General 5545/2024, se enmarca en un contexto más amplio de simplificación de procesos para los contribuyentes y responde a las demandas de distintos sectores que reclamaban una menor carga administrativa.

Anteriormente, todos los contratos de alquiler debían ser registrados en el Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI), una medida que fue implementada con la Ley de Alquileres N.º 27.551 y que generaba una obligación adicional para los locadores. Este sistema buscaba formalizar las operaciones de alquiler y asegurar el cumplimiento de obligaciones fiscales tanto para locadores como para locatarios. Sin embargo, con el objetivo de agilizar los trámites, se ha decidido que dicha registración será opcional, a excepción de los casos en que los contribuyentes deseen acceder a beneficios fiscales específicos.

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¿Qué cambia para los contribuyentes?

Bajo la nueva normativa, los locadores que no estén interesados en obtener beneficios fiscales como los contemplados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) o en los impuestos sobre los Créditos y Débitos en cuentas bancarias, podrán optar por no registrar sus contratos de alquiler en el RELI. No obstante, aquellos que sí deseen acceder a estos beneficios deberán realizar la declaración correspondiente en la plataforma de la AFIP, utilizando su clave fiscal. Es importante destacar que el plazo para efectuar esta registración es hasta el 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días corridos posteriores a la celebración del contrato.

Además, la AFIP ha simplificado otros aspectos relacionados con las operaciones inmobiliarias. Por ejemplo, a través de la Resolución General 5547/2024, se eliminó la obligación de que los empleados en relación de dependencia adjunten una copia del contrato de alquiler de inmuebles destinados a casa habitación en sus declaraciones de Impuesto a las Ganancias. Esta disposición no solo reduce la carga administrativa para los empleados, sino que también facilita el proceso de deducción por alquiler en la liquidación anual de ganancias.

Implicancias para el mercado inmobiliario

Este cambio normativo podría tener diversas implicancias en el mercado inmobiliario. Por un lado, se espera que la desregulación en la registración de contratos facilite las operaciones de alquiler, especialmente para aquellos propietarios que operan en el mercado informal. Sin embargo, también plantea interrogantes sobre cómo esta flexibilidad impactará en la fiscalización y en la transparencia del sector, ya que una menor cantidad de contratos registrados podría dificultar el control sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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Por otro lado, los profesionales del sector inmobiliario deberán adaptar sus prácticas a este nuevo marco normativo, asesorando a sus clientes sobre las ventajas y desventajas de registrar o no los contratos de alquiler, en función de los beneficios fiscales que se busquen obtener.

En resumen, la eliminación de la obligatoriedad en la registración de contratos de alquiler representa un esfuerzo del gobierno por reducir la burocracia y facilitar las operaciones inmobiliarias. Sin embargo, es fundamental que los contribuyentes comprendan las implicancias de esta medida y tomen decisiones informadas sobre la registración de sus contratos, especialmente si desean acceder a beneficios fiscales específicos.

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