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title: "La Justicia le marcó otro límite al Gobierno frenando el DNU que restringía la huelga"
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description: "Un nuevo fallo judicial frena el avance de la reforma laboral por decreto. El DNU 340/2025 fue declarado inconstitucional por limitar derechos sindicales esenciales"
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date_published: "2025-07-17T06:30:00-03:00"
date_modified: "2025-07-17T07:06:29-03:00"
tags:
  - "Chaco"
  - "Derecho a huelga"
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  - "Reforma Laboral"
author_name: "Infoempresas"
category_name: "Nacionales"
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category_description: "Información del ámbio nacional para empresas, comercios"
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# La Justicia le marcó otro límite al Gobierno frenando el DNU que restringía la huelga

![44.Reforma-Laboral](/download/multimedia.normal.9d716d55b0854b1e.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

⌚*tiempo de lectura: 1:30 min.*

**La Cámara Nacional del Trabajo volvió a ponerle un freno al Ejecutivo****.** Esta vez, lo hizo al declarar la **inconstitucionalidad de los artículos 2 y 3 del DNU 340/2025****,** que restringían el derecho a huelga en actividades calificadas como “servicios esenciales”. La decisión, impulsada por la jueza Moira Fullana y respaldada por la Sala V, llegó tras un recurso de amparo presentado por la CGT.

![IE - Fanelli Trabalón - Horizontal 1200 x 150](/download/multimedia.normal.92e9a688092d3e1f.SUUgLSBGYW5lbGxpIFRyYWJhbMOzbiAtIEhvcml6b250X25vcm1hbC53ZWJw.webp)

**¿Qué pretendía el Gobierno?**  
 Desde diciembre de 2023, la administración libertaria intenta modificar el modelo laboral argentino sin pasar por el Congreso. El DNU 340/25 apuntaba a r**edefinir qué sectores se consideran esenciales****,**incorporando actividades como la marina mercante y limitando así la posibilidad de protesta sindical en esos ámbitos. Pero el intento chocó de frente con el Poder Judicial.

**Un límite constitucional**  
 El fallo fue claro: no hay urgencia ni necesidad que justifique un decreto de estas características, especialmente cuando el Parlamento está en funciones. **Modificar una ley por decreto sin debate legislativo viola el principio de división de poderes** y contradice la Constitución Nacional.

Además, el tribunal recordó que los **derechos sindicales están protegidos por tratados internacionales****.** Limitar la huelga sin consenso ni justificación sólida equivale a vulnerar la libertad sindical.

![ONLINE1200x200](/download/multimedia.miniatura.9d1cf2b50791341c.bWluaWF0dXJhLmdpZg%3D%3D.gif)

**Para los sindicatos, un precedente clave**  
 La CGT y las CTA celebraron el fallo. Consideran que **refuerza el respeto por el proceso democrático y marca un precedente frente a la avanzada oficialista** que intenta reformar las relaciones laborales sin diálogo ni consenso.

**“Esto ratifica que el Ejecutivo no puede avanzar unilateralmente sobre derechos fundamentales****”,**deslizaron desde el entorno sindical.

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